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Pongamos que una empresa realiza una fusiรณn, una escisiรณn, aporta participaciones a una holding o lleva a cabo otra operaciรณn de reorganizaciรณn empresarial y se acoge al rรฉgimen fiscal especial que permite no pagar inmediatamente por las plusvalรญas que puedan ponerse de manifiesto.

Hasta ahora uno de los grandes riesgos era que Hacienda entendiera que no existรญan motivos econรณmicos suficientes, considerara que habรญa una finalidad fiscal y terminara eliminando el rรฉgimen de diferimiento.

Pues bien. El Tribunal Supremo acaba de poner lรญmites importantes a esto. En su Sentencia 949/2026, de 20 de julio, establece que Hacienda no puede eliminar ยซautomรกticamenteยป todo el beneficio del rรฉgimen fiscal simplemente porque ยซconsidere que existe abusoยป. Si quiere hacerlo deberรก identificar cuรกl es exactamente la ventaja fiscal obtenida de forma abusiva, probarla y justificar por quรฉ debe eliminarse.

Imaginemos que un empresario aporta las participaciones de su sociedad operativa a una nueva holding. Esas participaciones tienen hoy un valor muy superior al que tenรญan cuando las adquiriรณ, por lo que existe una plusvalรญa latente. El rรฉgimen especial permite que esa ganancia no tribute en ese momento y que la tributaciรณn quede diferida.

Si Hacienda considera que la estructura se ha realizado fundamentalmente para conseguir una ventaja fiscal, podrรก comprobarla y regularizarla. Pero el Supremo dice que el diferimiento no puede eliminarse automรกticamente simplemente por afirmar que existe una finalidad fiscal. Hacienda tiene que demostrarlo exige una โ€œmotivaciรณn reforzadaโ€.

Esto no significa, por supuesto, que a partir de ahora cualquier operaciรณn de reestructuraciรณn estรฉ protegida, claro… pero ya no basta con que le parezca mal.

Y esto vuelve a poner encima de la mesa algo que considero fundamental cuando se plantea cualquier reorganizaciรณn societaria: antes de hacerla hay que tener perfectamente documentados los motivos empresariales que la justifican.

Separar riesgos, ordenar sociedades, facilitar la entrada de inversores, preparar una sucesiรณn familiar, centralizar participaciones, mejorar la financiaciรณn o simplificar la gestiรณn pueden ser razones empresariales perfectamente reales. Pero cuanto mejor estรฉn explicadas y documentadas antes de realizar la operaciรณn, menos habrรก que intentar justificarlas cuando llegue una inspecciรณn.

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